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EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
La siguiente información explicará paso por paso, qué puede ocurrir en un caso de delito con alguna víctima. Es posible que esta información no sea aplicable a todos los casos y que tampoco todos los pasos estén descritos. Se trata solamente de una orientación general a las víctimas. Nuestros defensores están disponibles para brindar apoyo a las víctimas en cualquier estado de situación.
- Se ha cometido un delito.
- La Policía es notificada y toma las medidas del caso.
- El oficial que recibe la notificación, completa la investigación inicial y prepara un informe.
- Si existen suficientes evidencias, se lleva a cabo una investigación y se identifica a los testigos.
- La investigación policial concluye.
- Si un sospechoso ha sido arrestado, se programa una audiencia preliminar dentro de las próximas 24 horas (excepto los fines de semana,) para establecer causa probable (esto es: que es más probable que el sospechoso cometió el delito) y se establece la libertad bajo fianza.
- Si un/ una sospechoso/ a, no es detenido/a, la policía refiere el caso a la oficina del Fiscal.
- El caso es evaluado por un Fiscal para determinar si es necesario hacer una acusación formal. Si es así, se emite una orden de detención.
- El sospechoso es detenido y posiblemente se han recuperado y devuelto los bienes robados, o se los ha retenido como evidencia.
- En casos que exista lesión física, se tiene que informar a la víctima sobre los Servicios de Indemnización para Víctimas de Delitos.
- Se programa una audiencia para la instrucción del cargo, en la cual el acusado se declarará“culpable” o “inocente”.
- Durante la audiencia para la lectura del cargo, se programa la fecha para una audiencia preliminar, así como también la fecha del juicio.
- Ya sea el acusado cambia su declaración a culpable y es sentenciado sin un juicio o,
- se lleva a cabo un juicio en la sala de audiencias del tribunal (La víctima o testigo atestiguará). El acusado es declarado culpable o inocente.
- El acusado es condenado o puesto en libertad basándose en el veredicto. Las víctimas tienen derecho a estar presentes y hablar a la corte durante la sentencia.
- Tanto víctimas como testigos pueden calificar para que el Departamento Correccional les notifique de la fecha de liberación de un centro correccional local.
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DEFINICIONES DE TÉRMINOS LEGALES
Acusada: Una persona imputada de un delito penal.
Anulación de la Instancia: La desestimación de un caso por decisión de la corte.
Aplazamiento Una demora en el proceso del caso, a solicitud de la parte demandada, del Pueblo, o la Corte.
Audiencia Preliminar: Una audiencia en un caso penal, en la cual el tribunal determina: 1) si existen evidencias suficientes para determinar que un delito puede haber ocurrido, (es decir: causa probable), o 2) las condiciones para la puesta en libertad.
Citatorio: Una orden judicial de comparecencia dirigida a usted para que esté presente a la hora y en el lugar determinado.
Crimen o Delito Mayor: Un delito castigado con uno o más años en una prisión estatal.
Deliberar: Se aplica a un jurado. Consiste en el análisis y ponderación de la evidencia al final de un juicio, con el propósito dedeterminar la culpabilidad o inocencia del acusado.
Delito: Un acto que viola las leyes penales del Estado.
Delito menor: Ofensa menos grave que un crimen o delito mayor, castigada con una multa o hasta con un año de reclusión en la cárcel del condado.
Fianza: La suma de dinero que el acusado tiene que entregar como garantía a la corte para asegurar su comparecencia durante el proceso.
Instrucción del Cargo: Una audiencia en la cual al acusado se le informa de los cargos, alega ser “culpable” o “inocente” y se establece la libertad bajo fianza.
Jurado: Un grupo de hombres y mujeres quienes bajo juramento en cada proceso consideran la evidencia presentada y dictan un veredicto o una decisión en ese proceso.
Moción o Petición: Una audiencia ante la corte, en la que se solicita una providencia del Juez sobre asuntos específicos relacionados con el caso.
Orden Judicial: Un documento escrito emitido por la corte, el cual autoriza a la policía a detener a una persona acusada de cometer un delito y llevarla ante una corte para que responda a los cargos en su contra.
Perjurio: Una mentira deliberada o una falsedad dicha bajo juramento, la misma que constituye un crimen o delito grave.
Restitución: Una suma de dinero determinada por el tribunal, que se pagará a la víctima de un delito como indemnización por la pérdida de bienes o por lesiones causadas por el acto criminal del acusado.
Supervisión Comunal: (anteriormente denominado “libertad bajo palabra”). Libertad condicional de un acusado establecida en la sentencia, para ser supervisada en la comunidad.
Víctima: Una persona que directamente sufre daños físicos, emocionales o financieros, o resulta amenazada como consecuencia de la perpetración de un delito.
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Testificar / Atestiguar
Ser testigo tomará algún tiempo. El seguir un juicio a un acusado es con frecuencia un proceso largo. La cooperación y la participación con el sistema de justicia, aumenta la probabilidad de éxito en el enjuiciamiento. Si a usted le citan para una comparecencia, pueden serle útiles los siguientes consejos:
- Lo más importante es decir la verdad.
- Hable claro y en voz lo suficientemente alta, para que todos puedan escuchar.
- Tome en serio su participación.
- Sea cortés en sus respuestas.
- No pierda la calma.
- No discuta durante el interrogatorio.
- No trate de memorizar su testimonio.
- Vístase apropiadamente y mantenga un aspecto pulcro.
- Escuche detenidamente las preguntas que le hagan y dé respuestas bien pensadas y reflexionadas.
- Responda directa y simplemente.
- No exprese sus opiniones o impresiones, a no ser que se lo pidan.
- Deténgase enseguida cuando un juez interrumpa o un abogado objete una pregunta.
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